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Presidente de Zinacatepec dio el Grito de Independencia usando banda presidencial

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En las últimas horas se difundieron imágenes del evento del Grito de Independencia en el municipio de Zinacatepec, donde lo que llamó la atención es que el presidente municipal, Héctor Ernesto Montalvo de los Santos portaba la banda presidencial.

Está acción es considerada un delito debido a que la única que puede portar la banda presidencial es la presidenta de México.

De acuerdo a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales en su artículo 34, quien porte la banda sin ser presidente de la republica se hacen acreedores a sanciones administrativas que contemplan arresto administrativo por 36 horas, y multa de hasta 10 mil UMAS.

También es delito penal de acuerdo al Artículo 250 fracción IV del Código Penal Federal.

Se sanciona con 1 a 6 años de prisión y multa de 100 a 300 días de multa a quien use credenciales, condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias o siglas oficiales sin derecho a ello.

La Banda Presidencial constituye una forma de presentación de la Bandera Nacional y es emblema del Poder Ejecutivo Federal, por lo que sólo podrá ser portada por el Presidente de la República, y tendrá los colores de la Bandera Nacional en franjas de igual anchura colocadas longitudinalmente, correspondiendo el color verde a la franja superior. Llevará el Escudo Nacional sobre los tres colores, bordado en hilo dorado, a la altura del pecho del portador, y los extremos de la Banda rematarán con un fleco dorado.

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